Los autónomos en pluriactividad son aquellos que cotizan en dos regímenes diferentes de la Seguridad Social, normalmente a través del Régimen General y del Régimen Especial Especial de Trabajadores Autónomos. Si te encuentras en esta situación, lo más probable es que hayas cotizado más de la cuenta y, por tanto, la Seguridad Social deba devolverte el exceso de cotización. Así que vamos a ayudarte a que puedas recuperarlo.

 

 

El cese de actividad es el conocido como 'paro de los autónomos'. Se puede pedir una vez el interesado se haya dado de baja en el RETA, y el plazo para hacerlo termina el último día del mes siguiente al cese. Una vez solicitado, tendrá 10 días hábiles para presentar la documentación, que es la siguiente: solicitud cumplimentada y una declaración jurada, en la que el autónomo explicará las causas por las que solicita el cese de actividad y los datos económicos que lo han motivado. El impreso de la declaración jurada se puede obtener en la página web del Sepe (https://www.sepe.es/contenidos/personas/prestaciones/pdf/declaracion_jurada_comun.pdf). También deberá presentar la documentación anexa pertinente.